C O F R A D Í A
Templo de Santo Domingo de Guzmán
Oaxaca, México
de Nuestra Señora del
Santísimo Rosario
PROMESAS, INDULGENCIAS Y LETANÍAS
1. “QUINCE PROMESAS DE LA VIRGEN DEL ROSARIO”
FRUTOS DEL ROSARIO
El bienaventurado Alano de Rupe O. P., gran apóstol del Rosario, según Sn. Luis Ma. Grignion de Montfort, recibió de la Virgen María las siguientes promesas:
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1.- Quien me sirve rezando constantemente mi Rosario, recibirá cualquier gracia que me pida.
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2.- Prometo mi especialísima protección y gran- des beneficios a los que devotamente rezaren mi Rosario.
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3.- El Rosario será un escudo fortísimo contra el infierno, destruirá los vicios, librará de peca- dos y abatirá la herejía.
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4.- El Rosario hará germinar las virtudes y que las almas consigan copiosamente la misericordia divina; sustituirá en el corazón de los hombres el amor de Dios al amor del mundo, y los elevará a desear las cosas celestiales y eternas. ¡Cuántas almas por este medio se santificarán!.
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5.- El alma que se encomiende por el Rosario no perecerá.
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6.- El que con devoción rezare mi Rosario, considerando sus sagrados misterios, no se verá oprimido por la desgracia, no morirá de muerte desgraciada; se convertirá si es pecador, perseverará en la gracia si es justo; y en todo caso será admitido a la vida eterna.
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7.- Los verdaderos devotos de mi Rosario no morirán sin los auxilios de la Iglesia.
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8.- Quiero que todos los que recen mi Rosario tengan en vida y en muerte la luz y la plenitud de la gracia y sean partícipes de los méritos de los bienaventurados.
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9.- Yo libro muy pronto del purgatorio a las almas devotas del Rosario.
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10.- Los hijos verdaderos de mi Rosario gozarán en el cielo de una gloria singular.
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11.-Todo cuanto se pidiere por medio del Rosario se alcanzará prontamente.
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12.- Socorreré en todas sus necesidades a los que propaguen mi Rosario.
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13.- He impetrado de mi Hijo que todos los Cofrades del Rosario tengan en vida y en muerte como hermanos a todos los bienaventurados de la corte celestial.
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14.- Los que rezan mi Rosario son todos hijos míos muy amados y hermanos de mi Unigénito Hijo.
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15.- La devoción al Santo Rosario es una señal manifiesta de predestinación a la gloria.
2. “LAS INDULGENCIAS DEL ROSARIO”
Las Indulgencias son de dos tipos: Las Plenarias y las Parciales
A) INDULGENCIA PLENARIA:
La Indulgencia Plenaria, la obtienen quienes rezan el Rosario en un templo u oratorio público, en familia, en una comunidad religiosa, en una Cofradía piadosa, etc...
Condiciones:
1. Basta con rezar sólo una parte del Rosario.
2. Al rezo vocal hay que añadir la meditación piadosa de los misterios.
3. En la recitación pública deben anunciarse los misterios según la costumbre aprobada del lugar, más en la privada basta que el fiel junte a la oración vocal la meditación de los misterios.
4. No se exige tener un Rosario (contador) que esté bendito para ganar las indulgencias.
5. Cumplidos estos requisitos se puede ganar indulgencia plenaria todos los días.
B) INDULGENCIA PARCIAL
La Indulgencia parcial, la obtendrán quienes recen el Rosario de otra forma o en otras circunstancias, no señaladas en la Plenaria. Se obtiene una parcial por llevar consigo piadosamente, el Rosario; como también por recitar las Letanías de la Virgen María y la Salve.
3. NOTA HISTÓRICA SOBRE LAS LETANÍAS
Las letanías desde los comienzos del cristianismo, aparecen como una sencilla forma de orar. En un principio se referían a Dios y a los santos. En el siglo XII, éstas se recitan de modo casi exclusivo para invocar a María y recordar las maravillas que el Señor hizo en ella, y por Ella sigue realizando a favor de todos los seres humanos, necesitados siempre del amparo de la Madre de los cielos y de la tierra.
Existen las Letanías de la Orden de Predicadores que se suelen añadir al final de los misterios de gozo, de dolor y de gloria son proclamas desde el siglo XIII. El capítulo general celebrado en 1256, siendo Maestro de la Orden el Beato Humberto de Romans, ordenó que se recitaran en todos los conventos y fueran rezadas <<en toda grave necesidad o tribulación>>.
A finales del siglo XV comienza a recitarse, en el Santuario de Loreto, una forma reducida de Letanía a la Virgen, para uso de los numerosos peregrinos. Conocida desde entonces como <<Letanía Lauretana>> fue aprobada para toda la iglesia por el papa Sixto V en 1587.
Es importante aclarar que aun que las letanías son flores, piropos, ensalzamientos y alabanzas a María Santísima, actualmente no son obligatorias en el rezo del rosario.